JUSTIFICACIÓN

Las pasadas elecciones a Junta de Representantes en Mayo 2017, fueron organizadas con un reglamento de visado que, como este grupo comunicó mediante Acta Notarial a la Junta de Gobierno, permitía el Voto Fraudulento en caso de obtención de las claves de visado, fácilmente obtenibles solo conociendo el DNI del colegiado.

Ante la gravedad de esta circunstancia que, de ser utilizada fraudulentamente, podría suponer la inclusión de votos no emitidos por los colegiados, y dada la endémica baja participación del 15% del Censo Colegial, supondrían fácilmente la variación de los resultados, es necesario establecer un reglamento que cubra con garantías las posibles incidencias en los procesos participativos del COAM.

 

ACUERDO

Encomendar a la Junta de Gobierno, convocar una Comisión Asesora según el Art 42 de los Estatutos COAM, con representación de todos los grupos de representantes, con el objetivo de presentar en Junta de Representantes en menos de seis meses, un REGLAMENTO DE VOTACIÓN, que establezca claramente las mínimas garantías que debe cumplir el procedimiento de votación.

 

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2017_10_30 Proposición Voto Telemático

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